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Preguntas Frecuentes SPS

Cuestiones Generales

Es un parámetro de aportación, que expresa un valor de referencia del beneficio por retiro, que podrá llegar a obtener un afiliado, sin beneficiarios de pensión, que hubiese aportado al sistema desde los 30 años de edad hasta obtener el beneficio jubilatorio a los 65 años de edad, siempre que efectúe sus aportes en tiempo y forma, de acuerdo a la tabla “B” y que la capitalización de dichos aportes se realice, hasta la edad de retiro, con una tasa de interés, no garantizada, no inferior al 4% efectivo anual.

 

Cuenta de Pago de Prestaciones (CPP): a esta cuentas se transferirá el saldo de la Cuenta de Capitalización Individual de Aportes Obligatorios y, en caso de ser la opción elegida por el afiliado o sus beneficiarios, el saldo de la Cuenta de Capitalización Individual de Aportes Voluntarios, al cumplirse los requisitos para la obtención de la jubilación ordinaria, jubilación por invalidez total y permanente o producirse la muerte del afiliado en actividad.

Fondo de Fluctuación: para compensar deficiencias de rentabilidad en relación al 4% anual.

Fondo Compensador: para absorción de desvíos que se produzcan en la sobrevivencia esperada.

De la rentabilidad obtenida por el Sistema el 80 % se acredita en las CIA (cuentas individuales de aportes), Focim y CPP y el 20 % restante se distribuye entre el Fondo de Fluctuación, el Fondo Compensador y el Fondo Solidario de acuerdo a lo que disponga la Asamblea.

 

 

Cuentas de Capitalización Individual: Los aportes, tanto obligatorios como voluntarios, se acreditarán a una cuenta de Capitalización Individual designada con el nombre del afiliado, a partir de su efectivo ingreso.

Esta cuenta de Capitalización Individual (CI) se dividirá en una subcuenta de Capitalización Individual de Aportes Obligatorios (CIAO) a la que se destinarán los aportes obligatorios realizados de acuerdo con las Tablas A y B y en una subcuenta de Capitalización Individual de Aportes Voluntarios (CIAV).

Fondo Solidario: los aportes obligatorios de los afiliados al régimen solidario y la asignación de un porcentaje de la rentabilidad del Sistema, constituyen el Fondo Solidario destinado al pago de las prestaciones de este Régimen.

Fondo de Contingencia para Invalidez y Muerte en Actividad (FOCIM): Se acreditará a este Fondo el aporte obligatorio establecido del 3.40% sobre el importe del Beneficio Objetivo Vigente. El Fondo de Contingencia para Invalidez y Muerte en Actividad, complementará, en caso de ser necesario, las subcuentas de Capitalización Individual de Aportes Obligatorios (CIAO) para el pago de las prestaciones por Invalidez y Muerte en Actividad.

Los afiliados aportan mensualmente un importe que se expresa en Módulos del Régimen Solidario (MRS)

MRS: El valor del módulo será determinado periódicamente por la Asamblea a propuesta de la Comisión Administradora del S.P.S.P.C.E.E.R.

Aportes

  • Afiliados Activos desde los 61 años de edad 15,48 MRS
  • Afiliados Activos hasta los 60 años de edad 14,76 MRS
  • Afiliados Activos hasta los 55 años de edad 14,04 MRS
  • Afiliados Activos hasta los 50 años de edad 13.32 MRS
  • Afiliados Activos hasta los 45 años de edad 12,6 MRS
  • Afiliados Activos hasta los 40 años de edad 12 MRS
  • Afiliados hasta los 30 años de edad 6 MRS
  • Profesionales que se matriculen dentro de los 6 meses de graduados 6 MRS por los primero 24 meses.

Para la aportación se encuentran vigentes dos Tablas de Aportes

  • Tabla “A”

Vigente desde el origen del S.P.S.C.E.E.R.

Consiste en un % de aporte mensual sobre el B.O.V. de acuerdo a la edad de ingreso y fijo a lo largo de la vida del aportante

  • Tabla “B”

Vigente para afiliados que ingresen a partir del 08/11/96 con las modificaciones del 03/04/09.

Consiste en un % de aporte mensual sobre el B.O.V. de acuerdo a la edad de ingreso e variable a lo largo de la vida del aportante.

  • Aporte al Régimen de Capitalización – de acuerdo a las Tablas de Aportes vigente
  • Aporte al Régimen Solidario – de acuerdo al Valor del Módulo del Régimen Solidario (MRS)
  • Aporte al Fondo de Contingencia para Invalidez y Muerte en Actividad – 3,40% sobre el B.O.V.
  • Aporte para Gastos Administrativos – 12 % sobre el Aporte al Régimen de capitalización y aporte al Régimen Solidario
  • Recupero de Gastos bancarios – $ 7,50 importe fijo mensual

La estructura del Sistema y la determinación del Haber Previsional se basan en una combinación de:

  • un Régimen de Capitalización
  • un Régimen Solidario

Afiliados

Los profesionales que se matriculen por primera vez desde junio de 2022, hasta los 29 años de edad, contaran con el beneficio de no abonar, por el plazo de 12 meses, los aportes obligatorios al Régimen de Capitalización, FOCIM y Gasto Administrativo. Solo abonarán los 6 módulos del Régimen Solidario y el gasto bancario.

Debe completar un formulario que le otorgamos en las oficinas del consejo y mandar constancia de CBU de la cuenta en la que quiere recibir el reintegro de sus aportes.
Al monto acumulado en su cuenta individual se le deducirán, en caso de poseer, las deudas contraídas con el sistema, el porcentaje correspondiente a la quita del art.49 y un 2 % en concepto de gastos de administración.

El plan de pago se compone por una entrega inmediata del 20% del total adeudado, monto que puede ser depositado o transferido, más gastos de sellado (1% más $30) que se pagan en efectivo al firmar el convenio. El saldo restante se pagará hasta en 48 cuotas, siempre que la primera cuota de capital no sea inferior al aporte mínimo vigente, con una tasa del 30% anual.

Los afiliados pueden efectuar aportes voluntarios destinados a incrementar sus beneficios previsionales. Dos modalidades de ingreso de aportes voluntarios:

  • Junto al pago de sus aportes obligatorios mensuales
  • A través de pago de derechos de legalizado. Un porcentaje del monto abonado se destina a la cuenta de capitalización de profesional interviniente.

SERVICIO DE PAGOS LINK.

Deberá ingresar a su homebanking, en pagos de servicios, ingresar a la Agenda de Pagos y acceder a buscar en el apartado ASOCIACIONES Y CLUBES. En dicho apartado deberá buscar los Entes donde se encuentran cargadas sus obligaciones.

SISTEMA DE PREVISION SOCIAL: buscar el ente “CJO PROF CS EC.E.RIOS-PRE SOC” y cargar el código de pago electrónico (en el Resumen del SPS figura como código de Link Pagos) para finalizar de añadir el servicio.

 

SERVICIO DE PAGO RED BANELCO (PAGO MIS CUENTAS)

Deberá ingresar a su homebanking, en pagos de servicios, ingresar a la Agenda de Pagos y acceder a buscar en el apartado CLUBES Y ASOCIACIONES. En dicho apartado deberá buscar los Entes donde se encuentran cargadas sus obligaciones.

SISTEMA DE PREVISION SOCIAL: buscar el ente “CPCEER” y cargar el código de pago electrónico (en el Resumen del SPS figura como código pago Banelco) para finalizar de añadir el servicio.

 

DEBITO AUTOMATICO Y DEBITO DIRECTO

Además recordamos que se encuentra a vuestra disposición la posibilidad de adherir al débito automático en cuentas del Nuevo Banco de Entre Ríos y el servicio de Débito Directo en CBU de cuentas radicadas en otros bancos para lo cual puede concurrir a su Delegación con el fin de perfeccionar la adhesión, necesitando para ello constancia de CBU emitida por el banco (sirviendo la obtenida por homebanking) o copia del encabezado de Resumen de Cuenta Bancario.

 

 

Los medios de pago habilitados para realizar los aportes son:

  • Entre Ríos Servicios
  • Servicio de Pagos Red Link
  • Servicio de Pagos Red Banelco (Pago Mis Cuentas)
  • Adhesión al Debito Automático

Serán afiliados al Sistema:

  1. a) Obligatorios: Los profesionales en Ciencias Económicas matriculados en el Consejo

Profesional de Ciencias Económicas de Entre Ríos.

  1. b) Optativos: Toda persona física que reúna los requisitos que la reglamentación determine.

Beneficios Previsionales

Debe presentar el certificado de supervivencia cada 3 meses.

  1. Integrarlo al saldo de la subcuenta de aportes obligatorios (CIAO), a los efectos de incrementar el beneficio previsional;
  2. Percibirlo totalmente al contado.

Los fondos aportados como afiliado optativo sólo pueden retirarse antes de cumplir los 65 años, y sufrirán una quita según la siguiente escala más el 2% en concepto de gastos de administración:

Art. 49:

20% 0 a 5 años de antigüedad
15% 6 a 10 años de antigüedad
10% 11 a 20 años de antigüedad
5% más de 20 años de antigüedad

 

Si otorgado el beneficio desea continuar con la matrícula activa los aportes se configurarán de la siguiente manera:

  1. Aporte obligatorio mínimo a partir del mes siguiente al que cumple la edad.
  2. Aporte al régimen solidario se reduce en un 50 % a partir del mes en que se emite el primer recibo de jubilación.

En este caso no se accede al beneficio de Jubilación Ordinaria, sino que se realiza el reintegro total de los fondos acumulados en la cuenta individual de capitalización.

 

  1. Haber cumplido la edad de 65 años (Jubilación Ordinaria)
  2. Presentar Formulario 1 – Solicitud de beneficio previsional (disponible en página web) completando lo siguiente:
    • Formulario A / B /C: Jubilación Ordinaria / Invalidez / Pensión
    • Copia DNI solicitante
    • Copia libreta de familia o acta matrimonio / Certificado convivencia
    • Copia DNI cónyuge/conviviente o hijos menores de 21 años
    • DDJJ de Resolución Nº 439/09
    • Constancia de CBU de cuenta en Banco Macro, Nuevo BERSA o Hipotecario, de no poseer una cuenta debe enviar mail solicitando la apertura de una.
  3. Presentar Ficha para Credencial con foto 4×4

Plazo para aprobación: 3 meses aprox. La liquidación se efectuará en forma retroactiva al mes posterior de la fecha de presentación de la solicitud.

Los beneficios que otorga son:

  • Jubilación Ordinaria a los 65 años.
  • Pensión al cónyuge o conviviente e hijos menores de edad de los afiliados activos y pasivos
  • Jubilación por Invalidez Total y Permanente
  • Ayuda Solidaria de emergencia

Préstamos

– FORMULARIO: SOLICITUD DE PRÉSTAMOS – NUEVAS LÍNEAS / TRADICIONALES (según corresponda)  

– COMPROBANTE DE CBU

 

Justificación de Ingresos

Empleados en relación de dependencia:

  • Últimos 6 recibos de sueldos
  • Certificación de empleo

Jubilados:

  • Últimos 6 recibos de jubilaciones

Ejercicio de la profesión independiente:

  • Certificación de ingresos por los últimos 12 meses; debiendo estar inscripto en los organismos fiscales correspondientes

Actividad comercial:

  • Certificación de ingresos por los últimos 12 meses; debiendo estar inscripto en los organismos fiscales correspondientes

Una vez completo y firmado el formulario deberá imprimirse en PDF y enviar por plataforma “Autogestión”. En caso de contar con firma digital, deberá firmarlo previamente. Caso contrario, deberá enviarlo sin firma por plataforma y luego enviar en formato papel a su Delegación.

Los garantes deben ser profesionales matriculados en el CPCEER y deben cumplir las mismas condiciones que el solicitante.

Deberás cumplir con las siguientes condiciones:

a.1. El solicitante no deberá registrar deuda por ningún concepto con el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Entre Ríos a la fecha de solicitud del préstamo, y, además, no haber registrado mora por ningún concepto por más de noventa (90) días en el semestre inmediato anterior a la fecha de solicitud del préstamo.

a.2. Se requiere una antigüedad mínima de matriculación en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Entre Ríos de DOCE (12) meses ininterrumpidos inmediatos anteriores a la fecha de solicitud del préstamo. Para el caso en que el solicitante revista el carácter de Joven Profesional, se requiere una antigüedad mínima de matriculación en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Entre Ríos de SEIS (6) meses ininterrumpidos inmediatos anteriores a la fecha de solicitud del préstamo. Para préstamos hipotecarios la antigüedad requerida es de 24 meses.

a.3. Para el caso de afiliados obligatorios en actividad la última cuota del préstamo solicitado, de acuerdo al plazo de amortización acordado, no podrá vencer con posterioridad al mes en que el solicitante cumpla los SETENTA (70) años de edad.

a.4. Para el caso de jubilados, la última cuota del préstamo solicitado, de acuerdo al plazo de amortización acordado, no podrá vencer con posterioridad al mes en que el solicitante cumpla los OCHENTA (80) años de edad.

a.5. Al momento de cursar la solicitud de préstamo, no deberán encontrarse cumpliendo ninguna de las sanciones disciplinarias que establece el Código de Ética, ni estar inhibidos, concursados o declarados en quiebra, ni condenados por causa criminal por delitos comunes.-

En las nuevas líneas, es decir, préstamos para consumo: consumo específico, con fines turísticos y de recreación – Afiliados Pasivos, equipamiento Informático y materiales de construcción el sistema de amortización es Alemán.
En las líneas tradicionales, es decir, sola firma, personal con garantía, hipotecario, prendario, iniciación joven profesional y jubilados del SPS, el sistema de amortización es Francés.

    1. Se puede cancelar la totalidad del préstamo para lo cual deberá depositar/transferir el monto de la última cuota emitida más el saldo de capital adeudado.
    2. También se puede adelantar cuotas con los siguientes requisitos:
      • En préstamos hipotecarios el mínimo para anticipar es del 10% del capital adeudado.
      • En los préstamos restantes el mínimo equivale a 3 cuotas de capital.

    1. No se puede tener vigente dos préstamos dentro de la misma línea.
    2. Para solicitar uno nuevo deberá previamente cancelar el actual, excepto que tenga las cuotas al día y lleve amortizado el 50 % del capital, situación en la cual podrá optar por deducir del nuevo préstamo el saldo de capital adeudado.
    3. No rige para los créditos Hipotecarios, los cuales deben ser cancelados en su totalidad.

Para los créditos personales, una vez presentada la solicitud al Sistema de Previsión Social, con la documentación completa, en un plazo de aproximadamente 20 días corridos se otorgara el crédito solicitado.

En el caso de los créditos Hipotecarios, el plazo estimado de otorgamiento, una vez que esté completa la presentación, es de 60 días de corridos.-

  • Préstamos para consumo
  • Préstamos a Sola firma
  • Préstamos Personal con Garantía 
  • Préstamos Iniciación Joven Profesional
  • Préstamos a Jubilados del Sistema de Previsión Social
  • Préstamos prendarios 
  • Préstamos Hipotecarios

Los montos máximos, plazos y tasas se pueden consultar en la sección “PRÉSTAMOS”.

Los montos máximos prestables se actualizan una vez al año de acuerdo al aumento efectivo del BOV para ese último período.

Las tasas variables se actualizan en forma mensual y son publicadas en la página web.

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