Es un parámetro de aportación, que expresa un valor de referencia del beneficio por retiro, que podrá llegar a obtener un afiliado, sin beneficiarios de pensión, que hubiese aportado al sistema desde los 30 años de edad hasta obtener el beneficio jubilatorio a los 65 años de edad, siempre que efectúe sus aportes en tiempo y forma, de acuerdo a la tabla “B” y que la capitalización de dichos aportes se realice, hasta la edad de retiro, con una tasa de interés, no garantizada, no inferior al 4% efectivo anual.
Cuenta de Pago de Prestaciones (CPP): a esta cuentas se transferirá el saldo de la Cuenta de Capitalización Individual de Aportes Obligatorios y, en caso de ser la opción elegida por el afiliado o sus beneficiarios, el saldo de la Cuenta de Capitalización Individual de Aportes Voluntarios, al cumplirse los requisitos para la obtención de la jubilación ordinaria, jubilación por invalidez total y permanente o producirse la muerte del afiliado en actividad.
Fondo de Fluctuación: para compensar deficiencias de rentabilidad en relación al 4% anual.
Fondo Compensador: para absorción de desvíos que se produzcan en la sobrevivencia esperada.
De la rentabilidad obtenida por el Sistema el 80 % se acredita en las CIA (cuentas individuales de aportes), Focim y CPP y el 20 % restante se distribuye entre el Fondo de Fluctuación, el Fondo Compensador y el Fondo Solidario de acuerdo a lo que disponga la Asamblea.
Cuentas de Capitalización Individual: Los aportes, tanto obligatorios como voluntarios, se acreditarán a una cuenta de Capitalización Individual designada con el nombre del afiliado, a partir de su efectivo ingreso.
Esta cuenta de Capitalización Individual (CI) se dividirá en una subcuenta de Capitalización Individual de Aportes Obligatorios (CIAO) a la que se destinarán los aportes obligatorios realizados de acuerdo con las Tablas A y B y en una subcuenta de Capitalización Individual de Aportes Voluntarios (CIAV).
Fondo Solidario: los aportes obligatorios de los afiliados al régimen solidario y la asignación de un porcentaje de la rentabilidad del Sistema, constituyen el Fondo Solidario destinado al pago de las prestaciones de este Régimen.
Fondo de Contingencia para Invalidez y Muerte en Actividad (FOCIM): Se acreditará a este Fondo el aporte obligatorio establecido del 3.40% sobre el importe del Beneficio Objetivo Vigente. El Fondo de Contingencia para Invalidez y Muerte en Actividad, complementará, en caso de ser necesario, las subcuentas de Capitalización Individual de Aportes Obligatorios (CIAO) para el pago de las prestaciones por Invalidez y Muerte en Actividad.
Los afiliados aportan mensualmente un importe que se expresa en Módulos del Régimen Solidario (MRS)
MRS: El valor del módulo será determinado periódicamente por la Asamblea a propuesta de la Comisión Administradora del S.P.S.P.C.E.E.R.
Aportes
Para la aportación se encuentran vigentes dos Tablas de Aportes
Vigente desde el origen del S.P.S.C.E.E.R.
Consiste en un % de aporte mensual sobre el B.O.V. de acuerdo a la edad de ingreso y fijo a lo largo de la vida del aportante
Vigente para afiliados que ingresen a partir del 08/11/96 con las modificaciones del 03/04/09.
Consiste en un % de aporte mensual sobre el B.O.V. de acuerdo a la edad de ingreso e variable a lo largo de la vida del aportante.
La estructura del Sistema y la determinación del Haber Previsional se basan en una combinación de:
Los profesionales que se matriculen por primera vez desde junio de 2022, hasta los 29 años de edad, contaran con el beneficio de no abonar, por el plazo de 12 meses, los aportes obligatorios al Régimen de Capitalización, FOCIM y Gasto Administrativo. Solo abonarán los 6 módulos del Régimen Solidario y el gasto bancario.
Debe completar un formulario que le otorgamos en las oficinas del consejo y mandar constancia de CBU de la cuenta en la que quiere recibir el reintegro de sus aportes.
Al monto acumulado en su cuenta individual se le deducirán, en caso de poseer, las deudas contraídas con el sistema, el porcentaje correspondiente a la quita del art.49 y un 2 % en concepto de gastos de administración.
El plan de pago se compone por una entrega inmediata del 20% del total adeudado, monto que puede ser depositado o transferido, más gastos de sellado (1% más $30) que se pagan en efectivo al firmar el convenio. El saldo restante se pagará hasta en 48 cuotas, siempre que la primera cuota de capital no sea inferior al aporte mínimo vigente, con una tasa del 30% anual.
Los afiliados pueden efectuar aportes voluntarios destinados a incrementar sus beneficios previsionales. Dos modalidades de ingreso de aportes voluntarios:
SERVICIO DE PAGOS LINK.
Deberá ingresar a su homebanking, en pagos de servicios, ingresar a la Agenda de Pagos y acceder a buscar en el apartado ASOCIACIONES Y CLUBES. En dicho apartado deberá buscar los Entes donde se encuentran cargadas sus obligaciones.
SISTEMA DE PREVISION SOCIAL: buscar el ente “CJO PROF CS EC.E.RIOS-PRE SOC” y cargar el código de pago electrónico (en el Resumen del SPS figura como código de Link Pagos) para finalizar de añadir el servicio.
SERVICIO DE PAGO RED BANELCO (PAGO MIS CUENTAS)
Deberá ingresar a su homebanking, en pagos de servicios, ingresar a la Agenda de Pagos y acceder a buscar en el apartado CLUBES Y ASOCIACIONES. En dicho apartado deberá buscar los Entes donde se encuentran cargadas sus obligaciones.
SISTEMA DE PREVISION SOCIAL: buscar el ente “CPCEER” y cargar el código de pago electrónico (en el Resumen del SPS figura como código pago Banelco) para finalizar de añadir el servicio.
DEBITO AUTOMATICO Y DEBITO DIRECTO
Además recordamos que se encuentra a vuestra disposición la posibilidad de adherir al débito automático en cuentas del Nuevo Banco de Entre Ríos y el servicio de Débito Directo en CBU de cuentas radicadas en otros bancos para lo cual puede concurrir a su Delegación con el fin de perfeccionar la adhesión, necesitando para ello constancia de CBU emitida por el banco (sirviendo la obtenida por homebanking) o copia del encabezado de Resumen de Cuenta Bancario.
Los medios de pago habilitados para realizar los aportes son:
Serán afiliados al Sistema:
Profesional de Ciencias Económicas de Entre Ríos.
Debe presentar el certificado de supervivencia cada 3 meses.
Los fondos aportados como afiliado optativo sólo pueden retirarse antes de cumplir los 65 años, y sufrirán una quita según la siguiente escala más el 2% en concepto de gastos de administración:
Art. 49:
20% | 0 a 5 años de antigüedad |
15% | 6 a 10 años de antigüedad |
10% | 11 a 20 años de antigüedad |
5% | más de 20 años de antigüedad |
Si otorgado el beneficio desea continuar con la matrícula activa los aportes se configurarán de la siguiente manera:
En este caso no se accede al beneficio de Jubilación Ordinaria, sino que se realiza el reintegro total de los fondos acumulados en la cuenta individual de capitalización.
Plazo para aprobación: 3 meses aprox. La liquidación se efectuará en forma retroactiva al mes posterior de la fecha de presentación de la solicitud.
Los beneficios que otorga son:
– FORMULARIO: SOLICITUD DE PRÉSTAMOS – NUEVAS LÍNEAS / TRADICIONALES (según corresponda)
– COMPROBANTE DE CBU
Empleados en relación de dependencia:
Jubilados:
Ejercicio de la profesión independiente:
Actividad comercial:
Una vez completo y firmado el formulario deberá imprimirse en PDF y enviar por plataforma “Autogestión”. En caso de contar con firma digital, deberá firmarlo previamente. Caso contrario, deberá enviarlo sin firma por plataforma y luego enviar en formato papel a su Delegación.
Los garantes deben ser profesionales matriculados en el CPCEER y deben cumplir las mismas condiciones que el solicitante.
Deberás cumplir con las siguientes condiciones:
a.1. El solicitante no deberá registrar deuda por ningún concepto con el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Entre Ríos a la fecha de solicitud del préstamo, y, además, no haber registrado mora por ningún concepto por más de noventa (90) días en el semestre inmediato anterior a la fecha de solicitud del préstamo.
a.2. Se requiere una antigüedad mínima de matriculación en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Entre Ríos de DOCE (12) meses ininterrumpidos inmediatos anteriores a la fecha de solicitud del préstamo. Para el caso en que el solicitante revista el carácter de Joven Profesional, se requiere una antigüedad mínima de matriculación en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Entre Ríos de SEIS (6) meses ininterrumpidos inmediatos anteriores a la fecha de solicitud del préstamo. Para préstamos hipotecarios la antigüedad requerida es de 24 meses.
a.3. Para el caso de afiliados obligatorios en actividad la última cuota del préstamo solicitado, de acuerdo al plazo de amortización acordado, no podrá vencer con posterioridad al mes en que el solicitante cumpla los SETENTA (70) años de edad.
a.4. Para el caso de jubilados, la última cuota del préstamo solicitado, de acuerdo al plazo de amortización acordado, no podrá vencer con posterioridad al mes en que el solicitante cumpla los OCHENTA (80) años de edad.
a.5. Al momento de cursar la solicitud de préstamo, no deberán encontrarse cumpliendo ninguna de las sanciones disciplinarias que establece el Código de Ética, ni estar inhibidos, concursados o declarados en quiebra, ni condenados por causa criminal por delitos comunes.-
Para los créditos personales, una vez presentada la solicitud al Sistema de Previsión Social, con la documentación completa, en un plazo de aproximadamente 20 días corridos se otorgara el crédito solicitado.
En el caso de los créditos Hipotecarios, el plazo estimado de otorgamiento, una vez que esté completa la presentación, es de 60 días de corridos.-
Los montos máximos, plazos y tasas se pueden consultar en la sección “PRÉSTAMOS”.
Los montos máximos prestables se actualizan una vez al año de acuerdo al aumento efectivo del BOV para ese último período.
Las tasas variables se actualizan en forma mensual y son publicadas en la página web.