Debe completar un formulario que le otorgamos en las oficinas del consejo y mandar constancia de CBU de la cuenta en la que quiere recibir el reintegro de sus aportes.
Al monto acumulado en su cuenta individual se le deducirán, en caso de poseer, las deudas contraídas con el sistema, el porcentaje correspondiente a la quita del art.49 y un 2 % en concepto de gastos de administración.