Se puede cancelar la totalidad del préstamo para lo cual deberá depositar/transferir el monto de la última cuota emitida más el saldo de capital adeudado.
También se puede adelantar cuotas con los siguientes requisitos:
En préstamos hipotecarios el mínimo para anticipar es del 10% del capital adeudado.
En los préstamos restantes el mínimo equivale a 3 cuotas de capital.